Subvención para autónomos en Castilla La Mancha
Objeto y finalidad de la subvención:
- La finalidad de la subvención es promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, compensando los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.
- A los efectos de la presente subvención se entiende por inicio de actividad, el período comprendido entre los tres meses previos al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA), o en la mutualidad que tenga establecida el correspondiente colegio profesional, y los doce meses siguientes a dicho alta.
Autónomos beneficiarios y requisitos:
- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, cuando se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos:
- Que hayan causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, entre el período 1 de septiembre de 2014 y 31 de octubre de 2016, antes de presentar la solicitud de subvención.
- Que hayan figurado inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha.
- Que realicen la actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Que la actividad emprendedora que se inicia no esté encuadrada en los sectores agrario, ganadero o forestal.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
- No podrán ser beneficiarios los socios de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades laborales y autónomos colaboradores.
Cuantía de la subvención:
- Para proyectos de emprendimiento promovidos por hombres: un máximo de 3.000 euros. Dicha cuantía se incrementará a 3.600 euros cuando el proyecto emprendedor sea promovido por un hombre con discapacidad.
- Para proyectos de emprendimiento promovidos por mujeres: un máximo de 4.000 euros. Dicha cuantía se incrementará a 4.800 euros cuando el proyecto emprendedor sea promovido por una mujer con discapacidad.
Gastos subvencionables:
- Cotizaciones al RETA o mutualidad del colegio profesional correspondiente.
- Gastos necesarios para obtener la financiación de proyectos, entre otros los de formalización, estudio y constitución de préstamos o avales.
- Honorarios de notario y registrador.
- Tasas y licencias municipales.
- Publicidad, marketing, página web y posicionamiento web
Plazo para la tramitación de la subvención:
- Hasta el 20 de diciembre.
Plazo de resolución:
- 3 meses.
Adjuntamos enlace donde pueden encontrar más información:
http://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante/plan-de-autoempleo
Para más información y tramitación, no duden en ponerse en contacto con nuestra asesoría.